Protección | 26 de junio de 2019
COMUNICADO DE PRENSA con relación con el Fallo No. SP922-2019, Radicación n.° 53473, Acta 72 de la Corte Suprema de Justicia
Resulta preocupante para Colombia el fallo de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia que absuelve y ordena la libertad de un hombre de 30 años de edad, quien había sido condenado en primera y segunda instancia por el delito de abuso carnal abusivo contra menor de 14 años.
Este fallo (SP922-2019, Radicación n.° 53473, Acta 72) desconoce la prevalencia de los derechos de la niñez consagrados en el Artículo 44 de la Constitución Política de Colombia y en otras normas vigentes como el Código de Infancia y Adolescencia o la Ley 1236 de 2008, que modifica el Código Penal con relación a los delitos de abuso sexual, y que contraviene los compromisos adquiridos por el Estado colombiano al suscribir y ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño.
Tampoco toma en cuenta la jurisprudencia de los últimos años de la Corte Constitucional, que ha sido enfática en determinar que los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes gozan de especial protección y que los niños necesitan cuidados especiales tanto en términos materiales, psicológicos y afectivos, como en términos jurídicos.
Vale la pena resaltar que el Artículo 9 de la Ley 1098 de 2006, que es una ley de orden público, establece de manera expresa que en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, las niñas y los adolescentes prevalecerán los derechos de éstos, en especial si existe conflicto entre sus derechos fundamentales con los de cualquier otra persona.
Adicionalmente, en caso de conflicto entre dos o más disposiciones legales, administrativas o disciplinarias, se aplicará la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente.
En un país en el que más del 80 por ciento de los casos quedan en la impunidad y no pasan de la indagación preliminar, y en el que la justicia a todas luces es inoperante, resulta desconcertante que la Corte Suprema de Justicia tome una decisión que contradice todos los avances del marco de protección legal de la niñez colombiana.
Esto desalienta a las víctimas de violencia sexual, quienes ven cómo una vez más son revictimizadas –esta vez por el sistema de justicia– y empodera a los victimarios, quienes encuentran argumentos para seguir delinquiendo.
Es necesario que el Estado revise el problema estructural del sistema de justicia, que evidencia la necesidad urgente de contar con una Unidad de Justicia Especializada en Niñez, que actúe de acuerdo con la legislación internacional y nacional.
Desde la Alianza por la Niñez Colombiana convocamos a las instancias estatales competentes para que, cuanto antes, utilicen las herramientas jurídicas disponibles para impugnar el fallo y para que se dé prevalencia en todos los procesos judiciales a los niños, niñas y adolescentes.
No podemos permitir que los abusos contra los niños, niñas y adolescentes sigan impunes.